SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2014
Fecha: 03-Ene-2014
II.1.
II.1. El 1 de diciembre de 2008, se extendió testimonio 854/2008 de escritura pública sobre adjudicación judicial por el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, a favor de la Asociación “PROBIOMA”, representada por Miguel Ángel Crespo Castro, sobre un inmueble ubicado en la localidad de Mairana, tercera sección de la provincia Florida, calle Ayacucho, esquina “Fidelfo Paz”, con una extensión superficial de 794.9000 m2, que incluye terreno y construcción, inscrito en DD.RR. bajo la partida computarizada 010178486, folio 0081354 de 26 de mayo de 1994. Adjudicación que se produjo dentro del proceso ejecutivo seguido por “PROBIOMA” contra “Freddy” Serrano Soto y Blanca Núñez de Serrano (fs. 41 a 50 vta.).
- I.1.1. Fundamentos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4. Sobre las medidas de hecho
- III.5. Hechos controvertidos
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo