Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2014
Fecha: 03-Ene-2014
II.2.
II.2. DD.RR. extendió folio real el 2 de enero de 2009, sobre el derecho propietario de la Asociación “PROBIOMA”, registrado en la matrícula computarizada 7.09.3.01.0000136, asiento A-2 de 28 de octubre de 2008, sobre un “inmueble-casa”, ubicado en calle Ayacucho esquina “Fidelfo Paz”. En el asiento A-1 consta que “Freddy” Serrano Soto y Blanca Núñez de Serrano, ostentaban el derecho propietario registrado el 26 de mayo de 1994 (fs. 97 y vta.).
- I.1.1. Fundamentos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4. Sobre las medidas de hecho
- III.5. Hechos controvertidos
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo