SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2014

Fecha: 03-Ene-2014

II.2.

II.2.  Una vez iniciado el proceso administrativo, el accionante, como afectado, se apersonó al proceso presentando prueba que acreditaba que el vehículo era de su propiedad y fue legalmente ingresado en el país y solicitando la devolución de su motorizado. Sin embrago, 15 de diciembre de 2010, el Administrador de Aduana Interior - Gerencia Regional Santa Cruz, dictó la Resolución Sancionatoria AN-SCZI-SPCCR-RS-335/10, declarando probada la comisión de la contravención aduanera por contrabando; y disponiendo el comiso definitivo del motorizado (fs. 5 a 6; 23 a 31; 37 a 42; y, 59 a 63).