SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2014

Fecha: 03-Ene-2014

a)

Lamberto Mignani a través de su abogado, refirió que: a) Se anuló el Auto que disponía el allanamiento con el argumento de que no se halla motivado para restringir la inviolabilidad del domicilio por lo que mal puede el Tribunal de apelación restituir esos actos, si la resolución que dio lugar a los mismos se halla anulada; b) El Tribunal de alzada solo analiza los agravios invocados y no es cierto que la Resolución de 13 de julio de 2011, ordenaba el allanamiento y secuestro de inmuebles, sino solamente era para el secuestro de documentación relativa al caso; c) La resolución de 16 de febrero de 2012, no toca la imputación formal solo dispuso la nulidad de lo actuado por los fiscales anulando la resolución que ordenó el allanamiento; d) La resolución de la excepción de incompetencia fue notificada en 29 de marzo del citado año, no siendo evidente la falta de notificación invocada, no habiendo presentado la parte accionante los actuados referidos para que el fallo sea correcto.