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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2014

    Fecha: 03-Ene-2014

    II.4.

    II.4.  Fernando Orellana Medina, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, el 16 de febrero de 2012, resolvió el incidente de nulidad planteado por Lamberto Mignani, declarándose probado y nulo lo actuado por los Fiscales encargados de la investigación; consecuentemente, ordenó la restitución de los objetos, bienes, enseres y otros secuestrados en los allanamientos efectuados (fs. 20 a 26).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulneradas
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • a)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.8.
    • i)
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • Fragmento 17
    • III.2. De la acción de amparo constitucional
    • III.3. La Justicia Constitucional no forma parte de las vías ordinarias ni puede equipararse a un Tribunal casacional
    • III.4. La valoración de la prueba como facultad privativa de la Jurisdicción ordinaria
    • III.5. Análisis del caso concreto

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