Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2014
Fecha: 10-Ene-2014
II.1.
II.1. Mediante memorial de 5 de junio de 2012, Jaime Pérez Viviani en representación legal de María Tetzi Ramírez Medinaceli y otros, dentro el proceso laboral que se tramita ante el Juzgado Quinto de Trabajo y Seguridad Social del departamento de Santa Cruz, que siguen contra la Empresa BEXSA por pago de beneficios sociales, solicitó la nulidad de remate, en base que la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Distrito de ese entonces, mediante Auto de Vista 017 de 11 de enero de 2007, anuló obrados hasta fs. 148, y el acta de embargo que cursa a fs. 160 se encontraría anulada (fs. 34 a 35).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- improcedencia
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- por cualquier otro recurso, del cual no se haya hecho uso oportuno”
- cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico;
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo