SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2014

Fecha: 30-Ene-2014

concedió

El Juez de Partido Mixto de Puerto Rico de la provincia Manuripi del departamento de Pando, constituido en Juez de garantías, mediante la Resolución 01/2013 de 21 de agosto, cursante de fs. 97 a 98, concedió la acción de amparo constitucional, restableciendo el derecho de la accionante al ejercicio al cargo de Alcaldesa Municipal de Nueva Esperanza, sin daño ni perjuicio; con los siguientes fundamentos: 1) Sobre los tres memoriales donde se pide la reincorporación, no es posible creer que los miembros del Concejo no tuvieran cocimiento, ya que la misma fue recepcionada en dos ocasiones por Wainer Vaca Suarez, que en forma extraña no estuvo presente en audiencia, para la negación o afirmación de este extremo, la notificación para la audiencia de esta acción de amparo constitucional fue por cédula a los demandados, porque no estaban en el Concejo; 2) Al no tener respuesta a los tres memoriales, existe un silencio administrativo y por lo tanto una negación a la solicitud para ser considerada en sesión de Concejo aceptando o negando la restitución, habiendo agotado la vía administrativa; 3) Se lesionó el derecho al trabajo al no responder a la atención de reincorporación al cargo de Alcaldesa; y, 4) No existe renuncia de la accionante al cargo de Alcaldesa Municipal de Nueva Esperanza, por lo tanto tiene derecho a ser restituida por la declaración de inconstitucionalidad de los artículos mencionados en la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, al desaparecer la base legal que le deba sustento para la suspensión.