Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2014
Fecha: 30-Ene-2014
Respecto de la Resolución dictada en apelación
Los Vocales codemandados, en la audiencia de apelación de medida cautelar, de 12 de marzo de 2013, dictaron Resolución, resolviendo confirmar el fallo apelado, manteniendo la aplicación de las medidas sustitutivas a la detención preventiva, en favor del accionante entre otro, con la modificación de que la detención domiciliaria debe practicarse o ejercerse de horas 20:00 a 07:00; además, que la suma de la fianza económica y personal fijada inicialmente se redujo a Bs20 000.- (veinte mil bolivianos), con el fundamento siguiente:
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Respecto de la detención domiciliaria
- Respecto del arraigo
- III.2.Motivación y fundamentación de las resoluciones dictadas por el tribunal de alzada que resuelve la apelación de medidas cautelares. Jurisprudencia reiterada
- III.3.Análisis del caso concreto
- 2)
- Respecto de la Resolución dictada en apelación
- ii)
- iii)
- v)
- CONFIRMAR