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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2014

    Fecha: 30-Ene-2014

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • 1)
    • i)
    • a)
    • denegó
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • , las características que diseñan su naturaleza son la sumariedad, celeridad, inmediatez en la protección e informalismo que la hacen expedita y oportuna
    • III.2.  El derecho a la libre circulación o locomoción
    • El derecho a la circulación; en cambio, es concebido como la facultad de las personas de moverse libremente en el espacio, de desplazarse de un lugar a otro, de circular por todo el territorio nacional e inclusive, de salir e ingresar a él, sin que medie ningún impedimento ilegal o arbitrario
    • III.3.  Sobre el derecho a la vida y la salud
    • III.4.  La acción de libertad y la aplicación del principio favor debilis
    • permite su flexibilización cuando el mismo va a ser contrastado en escenarios de vulnerabilidad, teniendo en cuenta, que el principio favor debilis,
    • III.5.  La legitimación pasiva en la acción de libertad
    • es ineludible que el recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, o contra la autoridad que impartió o ejecutó la orden que dio lugar a la persecución, aprehensión, detención, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, su inobservancia neutraliza la acción tutelar e impide a este Tribunal ingresar al análisis de fondo de los hechos denunciados, ello debido a la falta de legitimación pasiva,
    • III.6.  Análisis del caso concreto
    • el adulto mayor

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