DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2014

Fecha: 28-Oct-2014

Artículo 51. Organización de las Naciones y Pueblos Indígenas Originarios Campesinos

El Gobierno Autónomo Departamental, en el marco de sus competencias y la Constitución Política del Estado, respeta todas las formas de organización de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, organizados en: Naciones, Suyus, Markas, Ayllus, Comunidades, Federaciones Campesinas y otras formas de organización.

El Gobierno Autónomo Departamental, en el marco de sus competencias y la Constitución Política del Estado, reconoce y respeta todas las formas de organización de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, organizados en: Naciones, Suyus, Markas, Ayllus, Comunidades, Federaciones Campesinas y otras formas de organización”.