DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2014

Fecha: 28-Oct-2014

II.

II.   Además del castellano se establecerá el uso de por lo menos un idioma nativo, en todas las instituciones que conforman el Gobierno Autónomo Departamental de Oruro, tomando en cuenta el uso, la conveniencia, las circunstancias, las necesidades y preferencias de la población, con aplicación paulatina de acuerdo a ley.

II. Además del castellano se establecerá el uso de por lo menos un idioma nativo, en todas las instituciones que conforman el Gobierno Autónomo Departamental de Oruro, tomando en cuenta el uso, la conveniencia, las circunstancias, las necesidades y preferencias de la población, con aplicación paulatina de acuerdo a ley”.

La modificación efectuada a la previsión original responde al mandato de los arts. 5.II y 272 de la Constitución Política del Estado (CPE), porque impone la obligación de utilizar idiomas oficiales sin abarcar a las entidades o instituciones públicas que encontrándose en la jurisdicción territorial del Gobierno Autónomo Departamental, no forman parte de la estructura organizacional de dicho Gobierno.