SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2014-S3
Fecha: 06-Oct-2014
II.3.
II.3. Recurso de apelación incidental interpuesto por la parte querellante, contra la Resolución 560/2013, el cual entre sus principales argumentos refiere que: “…con relación a los riesgos procesales de fuga y de obstaculización se demostró de manera contundente que los ahora imputados no cuentan con una actividad lícita y un domicilio conocido, el comportamiento de los imputados en la medida de no quererse someter al proceso, la actitud de no reparar el daño resarcible, la existencia de actividad delictiva reiterada, peligro para la sociedad…” (sic), y finalizan pidiendo que: “…a efectos de que el Tribunal Ad Quem, revoque dicha resolución y ordene la DETENCIÓN PREVENTIVA de los co imputados. FÉLIX LOPEZ QUISPE Y JHENNY REINA CHOQUE ZARCO” (fs. 23 a 24).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. El régimen de medidas cautelares y la interpretación del art. 398 del CPP
- III.2.Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto