Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2014-S3
Fecha: 14-Oct-2014
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 141/2014, de 18 de marzo, cursante de fs. 247 a 252, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Eduardo Jaime Urriolagoitia Rodo, en representación legal de la Sociedad Boliviana de Cemento (SOBOCE) S.A. contra Rómulo Calle Mamani y Rita Susana Nava Durán, Magistrados de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1 De la obligación de dictar Resoluciones debidamente fundamentadas y motivadas
- III.2 Sobre el principio de congruencia
- Fragmento 12
- III.3 Derecho de acceso a la justicia
- III.4 Análisis del caso concreto
- REVOCAR