SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2014-S3
Fecha: 10-Oct-2014
coordinación
Consecuentemente, al haber la autoridad demandada agradecido los servicios del accionante quien ocupaba el cargo de Asesor Técnico Especializado, no obstante de tratarse de un padre progenitor, no ha cometido ningún acto ilegal, máxime si de acuerdo la certificación cursante a fs. 117 del expediente, se acredita que dicho puesto tiene la categoría de “ejecutivo” con la función de “administración, coordinación y asesoramiento especializado de proyectos o programas”, situación que igualmente se acomoda a uno de los presupuestos que constituyen el límite a la protección de la inamovilidad funcionaria de un padre progenitor, así como la excepción a la protección de éstos, por realizar labores de dirección y coordinación con las autoridades elegidas democráticamente; situación que amerita la denegatoria de la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre los límites a la inamovilidad laboral respecto a cargos de relevancia institucional
- , y quienes ejerzan funciones de libre nombramiento
- De estas características se desprende que este tipo de servidores tienen características específicas que mal podrían ser equiparables a la generalidad de servidores públicos y trabajadores que gozan de la garantía de la inamovilidad en las condiciones establecidas por la Constitución y la Ley
- De lo referido, se reitera que el nombramiento de las autoridades de alto rango jerárquico es atribución propia de autoridades electas y designadas a quienes se les reconoce la facultad de conformar su equipo de trabajo de primera línea, esto para evitar que la falta de confianza no paralice o entorpezca el desarrollo de las políticas y servicios públicos
- Fragmento 22
- Asesor Técnico Especializado en Temas Municipales en la Secretaría de Autonomía
- coordinación
- CONFIRMAR