SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2014-S3

Fecha: 10-Oct-2014

Fragmento 22

           De los antecedentes cursantes en el legajo procesal, se advierte que el accionante fue inicialmente designado por el Gobernador del Departamento Autónomo de Beni a.i., Haisen Ribera Leigue, como Secretario Departamental de Justicia, posteriormente, fue nombrado como Director del Servicio Desconcentrado Autónomo de Fortalecimiento Municipal y Comunal; y, luego de haber solicitado al nuevo Gobernador la inamovilidad funcionaria por ser padre progenitor de un menor de un año, fue designado en el cargo de Asesor Técnico Especializado, dependiente de la Secretaría de Autonomía, Descentralización y Desarrollo, con el nivel salarial “3” de la planilla de inversión, en la misma fecha, por memorando SADDI 02/2013, se le comunicó que siendo que el asesoramiento que brindaba era en temas municipales, debía prestar funciones en el SED-FMC, bajo dependencia del Director Departamental de dicho Servicio; posteriormente, por memorando 17/2013 de 29 de abril, nuevamente le reasignaron funciones a la Unidad de Fortalecimiento Comunal del SED-FMC, para que brinde asesoramiento.