SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2014-S2
Fecha: 21-Oct-2014
a)
El accionante a través de su abogado, en audiencia, se ratificó en la acción y ampliándola señaló: a) La Resolución de primera instancia infringía los requisitos de la lógica, pues el Juez argumentó que por la declaración de algunos testigos el accionante podría influenciar sobre las víctimas, error que no fue subsanado por los Vocales demandados, quienes mantuvieron esa decisión; y, b) No existen documentos que lo incriminen, todo es en base a suposiciones, por ello tampoco puede pedir una cesación a la detención preventiva, precisamente por las suposiciones que manejan los juzgadores, bajo ese entendido, resulta imposible plantear un incidente en esas condiciones; por lo que solicita se disponga su libertad.