SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2014-S2
Fecha: 21-Oct-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera vulnerados sus derechos al debido proceso, a la igualdad, “seguridad jurídica”, a la libertad, a la defensa y a la libre locomoción, indicando por un lado, que las autoridades demandadas, al expresar sus razonamientos en relación al riesgo procesal de obstaculización, previsto en el art. 235.2 del CPP, lo hicieron basados en criterios contradictorios, violando lo establecido en el art. 173 del CPP. Por otro lado, refiere que el Juez demandado estableció fundamentos diferentes a los expuestos por el Ministerio Público, a fin de acreditar el indicado riesgo procesal, aspecto que al haber sido ratificado por los Vocales demandados, tornaron su decisión en contradictoria con la línea jurisprudencial seguida por éstos en casos similares, lo que devino en una resolución de segunda instancia sin la adecuada fundamentación.