SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2014-S2

Fecha: 27-Oct-2014

concedió

La Jueza de Partido del Trabajo y Seguridad Social de Quillacollo del departamento de Cochabamba, constituida en Juez de garantías, pronunció la Resolución de 2 de abril de 2014, cursante de fs. 141 a 146 vta., por la cual concedió la tutela solicitada, y disponiendo que las autoridades demandadas, en un plazo no mayor de cinco días hábiles, computables a partir de la notificación con la presente resolución, se manifiesten de manera positiva o negativa sobre el recurso de reconsideración, interpuesto por los accionantes, el 15 de enero de 2014, bajo los siguientes fundamentos: 1) El recurso de reconsideración, data de 15 de enero de “2013” y a la fecha se encuentra sin respuesta positiva o negativa referente al fondo del recurso, a pesar de haber transcurrido “52 días hábiles y/o 77 días calendario” (sic); por lo que a todas luces se advierte una inactividad real y material frente a la solicitud de los accionantes, vulnerando de esa manera su derecho a la petición; y, 2) El art. 17.II de la L LPA no es aplicable al caso concreto, por la naturaleza misma de la petición de los accionantes y porque el silencio administrativo no es un mecanismo o instrumento para soslayar el incumplimiento de deberes formales frente a los administrados, que los funcionarios tienen a momento de atender solicitudes o petitorios.