SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2014-S3
Fecha: 21-Oct-2014
1)
Jorge Castillo Muñoz, Juez Noveno de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, en audiencia refirió que: 1) El imputado no cumplió a la fecha ninguna de las medidas impuestas; 2) En la apelación no adjuntaron (se entiende que se refiere a la parte accionante) ninguna documentación que acredite haber cumplido con las medidas impuestas, lo que fue observado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; 3) Presentaron recusación en su contra, el 28 de marzo de 2014, a la que no se allanó, empero dispuso la remisión de obrados al Juzgado siguiente en número; 4) La notificación con la Resolución de recusación se efectuó por la Central de Notificaciones recién el 10 de abril del mismo año, pues la remisión por recusación no se acepta sin haber notificado a las partes, y en el presente caso se le notificó; y, 5) Ya está dispuesto el oficio para llevarlo al Juzgado siguiente en número y se efectuara la remisión correspondiente, asimismo ya se efectuó la remisión de la recusación a la Sala Penal de turno, en consulta.
El accionante denuncia a través de la presente acción que el Juez Noveno de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, vulneró su derecho a la libertad y el principio de celeridad de la administración de justicia, pues: 1) El 13 de febrero de 2014, presentó apelación incidental contra la Resolución que dispuso en su contra medidas sustitutivas a su detención preventiva, la cual a la fecha de presentación de esta acción tutelar no fue remitida ante el Tribunal de apelación; 2) El 10 de febrero de 2014, presentó incidente de actividad procesal defectuosa, cuya audiencia de resolución tampoco se ha celebrado al presente; y, 3) Se presentó recusación contra el Juez demandado, el 28 de febrero de 2014, y a la fecha de presentación de esta acción no se ha remitido la misma en consulta ante el Tribunal superior y tampoco el cuaderno procesal al Juzgado siguiente en número.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1. Sobre el trámite de apelación de medidas sustitutivas a la detención preventiva
- II.2. Sobre el trámite de resolución del incidente de actividad procesal defectuosa
- II.3. Sobre la recusación al Juez ahora demandado
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 10
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR