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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0068/2014-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0068/2014-S2

    Fecha: 27-Oct-2014

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III.1.  La acción de amparo constitucional. Su naturaleza jurídica
    • contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
    • III.2   En cuanto al derecho al debido proceso en la jurisdicción ordinaria
    • la garantía del debido proceso, comprende entre uno de sus elementos la exigencia de la motivación de las resoluciones, lo que significa, que toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma
    • cabe señalar que la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa pero clara y satisfacer todos los puntos demandados
    • III.4.  El debido proceso y el principio de congruencia
    • de congruencia, responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes
    • Fragmento 19
    • CONFIRMAR en todo

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