AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2014-O
Fecha: 13-Nov-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El accionante, denuncia el incumplimiento de la SCP 2176/2013 de 21 de noviembre, que le concedió la tutela demandada; alegando que pese a las reiteradas peticiones, las autoridades judiciales han sido reticentes al cumplimiento efectivo de una Sentencia vinculante y obligatoria; por cuanto, si bien el Tribunal de garantías ordenó el cumplimiento de la Resolución; sin embargo, encontró caprichosas respuestas negativas de la Jueza de Instrucción Mixta de Tupiza, quien se niega a expedir un nuevo mandamiento de desapoderamiento bajo el criterio de que en el proceso de desalojo que dio lugar a la presente acción, no estaría pendiente el cumplimiento de ninguna resolución y que su petitorio debería ser tramitado en otra vía; por lo que, hasta el presente no se cumple con la eficacia de la citada Sentencia Constitucional Plurinacional y las autoridades llamadas por ley, no asumieron determinaciones concretas para efectivizar su cumplimiento atentando una vez más contra sus derechos y garantías invocados en la acción de amparo constitucional los cuales no hubieran sido restituidos.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la queja
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- III.1. El carácter obligatorio y los efectos vinculantes de las sentencias constitucionales con calidad de cosa juzgada
- III.2. Análisis de la denuncia con relación a los alcances de la SCP 2176/2013 de 21 de noviembre
- HA LUGAR