Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2014-O
Fecha: 14-Nov-2014
3º Disponer
3º Disponer que en el plazo de cuarenta y ocho horas computables a partir de la notificación con la presente Resolución Constitucional Plurinacional, los demandados Juan Ricardo Soto Butrón, Gabriela Cinthia Armijo Paz y Patty Yola Paucara Paco, Magistrados de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental, a cargo del conocimiento del proceso litigioso, den estricto cumplimiento a la SCP 0172/2013-L, de conformidad a los argumentos expuestos en el presente fallo, bajo conminatoria de aplicarse las sanciones establecidas en los arts. 17.III y 18 del Código Procesal Constitucional.
- Jorge Antonio Zamora Tardio
- I. CONTENIDO DE LA DENUNCIA
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- III.1.De la facultad del Tribunal Constitucional Plurinacional para conocer y resolver denuncias de incumplimiento de Resoluciones Constitucionales
- III.2.Consideraciones previas de carácter jurídico constitucional
- es de ejecución inmediata, de carácter vinculante y cumplimiento obligatorio
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1. De la SCP 0172/2013:
- incumplimiento
- las Sentencias Constitucionales son de ejecución inmediata, vinculantes y de cumplimiento obligatorio
- 2º ANULAR
- 3º Disponer