AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2014-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2014-O

Fecha: 14-Nov-2014

incumplimiento

Teniendo en cuenta que la tutela constitucional otorgada por el fallo constitucional citado supra, se sustentó en la vulneración al debido proceso en su elemento de fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales respecto, en el caso específico, a la falta de pronunciamiento ante la recusación formulada por los recurrentes del contencioso administrativo contra el Vocal Luis Alberto Arratia Jiménez, tenemos que, de la revisión exhaustiva y minuciosa de los argumentos expuestos en el nuevo fallo emitido por los ahora demandados, no se hace mención alguna en referencia a este extremo, es decir que, ni en la argumentación vertida en la Sentencia Agroambiental Nacional S1ª 21/2013, ni en el Auto complementario, se ha absuelto el reclamo formulado mediante acción de amparo constitucional respecto a la falta de resolución al incidente de recusación planteada, lo que evidencia el incumplimiento de la SCP 0172/2013-L, que expresamente concluyó que: “…las autoridades demandadas, al dictar la Sentencia Agraria Nacional impugnada, no lo hicieron con la debida fundamentación en relación a la recusación planteada contra uno de los Vocales de la Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional, porque, de resolverse dicha recusación declarándola probada, la indicada Sentencia, estaría viciada de nulidad, vulnerándose el derecho al debido proceso” (sic) (fs. 197 a 198), argumento que motivó al Tribunal Constitucional Plurinacional a conceder la tutela solicitada, anulando la Sentencia Agroambiental Nacional S1ª 060/2010, disponiendo la emisión de una nueva sentencia.