Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2014-O
Fecha: 14-Nov-2014
III.3. Análisis del caso concreto
De la revisión de antecedentes aparejados a la denuncia de incumplimiento de la SCP 0172/2013-L, presentada por Jorge Antonio Zamora Tardío en representación legal de Roxana Claudia Anaya Ferrel Barrera, se advierte que los demandados fueron notificados con dicha Resolución el 22 de junio de 2014, habiendo proferido nueva Sentencia Agroambiental Nacional S1ª 21/2013, por la que declararon improbada la demanda contencioso administrativa, manteniéndose firme e incólume la RS 228641.
- Jorge Antonio Zamora Tardio
- I. CONTENIDO DE LA DENUNCIA
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- III.1.De la facultad del Tribunal Constitucional Plurinacional para conocer y resolver denuncias de incumplimiento de Resoluciones Constitucionales
- III.2.Consideraciones previas de carácter jurídico constitucional
- es de ejecución inmediata, de carácter vinculante y cumplimiento obligatorio
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1. De la SCP 0172/2013:
- incumplimiento
- las Sentencias Constitucionales son de ejecución inmediata, vinculantes y de cumplimiento obligatorio
- 2º ANULAR
- 3º Disponer