Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2014-O
Fecha: 14-Nov-2014
II.3.
II.3.Mediante Sentencia Agroambiental Nacional S1ª 21/2013, la Sala Primera del Tribunal Agroambiental, declaró improbada la demanda contenciosa administrativa interpuesta por Jorge Antonio Zamora Tardío en representación legal de Roxana Claudia Anaya Ferrel Barrera, manteniéndose firme e incólume la Resolución Suprema (RS) 228641 de 2 de abril de 2008, emitida por el Presidente Constitucional de la República del Bolivia (actualmente Estado Plurinacional de Bolivia) y la Ministra de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, decisión contra la cual se solicitó complementación, mereciendo Auto de 7 de agosto de 2013 (fs. 204 a 220 vta.).
- Jorge Antonio Zamora Tardio
- I. CONTENIDO DE LA DENUNCIA
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- III.1.De la facultad del Tribunal Constitucional Plurinacional para conocer y resolver denuncias de incumplimiento de Resoluciones Constitucionales
- III.2.Consideraciones previas de carácter jurídico constitucional
- es de ejecución inmediata, de carácter vinculante y cumplimiento obligatorio
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1. De la SCP 0172/2013:
- incumplimiento
- las Sentencias Constitucionales son de ejecución inmediata, vinculantes y de cumplimiento obligatorio
- 2º ANULAR
- 3º Disponer