SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2014-S1
Fecha: 06-Nov-2014
II.1.
II.1. Pedro Gutiérrez Loza, inició demanda de interdicto de recobrar la posesión sobre dos lotes de terreno urbano ubicados en el Barrio Tamarindo Urbanización El Torito manzanas 11 y 12, cada uno de 10 000 m2., distrito 7, sobre las avenidas Pachiubilla, Motacú, y otras dos sin denominación, los mismos que se encuentran habitados, limpios y bien cuidados, con construcciones y de los cuales es propietario con registro en DDRR bajo folios reales con las matriculas computarizadas 8021010002879 y 8021010002882, dirigiendo la demanda contra José Albino Rosales Saavedra, quien cuatro días antes habría comenzado a alambrar su terreno arbitrariamente bajo el pretexto de ser propietario de dicho inmueble (fs. 10 y vta).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- contra los actos u omisiones ilegales o indebidos
- es la vía jurisdiccional para la protección inmediata, efectiva y oportuna de los derechos fundamentales vulnerados de manera ilegal e indebida
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente
- la legitimación activa es un requisito de procedencia para la activación de la acción de amparo constitucional
- Pedro Gutiérrez Loza
- Domitila Saavedra de Rosales
- CONFIRMAR