SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2014-S1

Fecha: 06-Nov-2014

III.3.  Respecto a la prueba de la parte peticionante en la tutela de acción de amparo constitucional en vías de hecho

         En ese contexto, se puntualiza que la carga probatoria ofrecida por el demandante de la tutela, obligatoriamente debe justificar los hechos denunciados, en este caso específico las vías de hecho que se realizaron en total contravención al ordenamiento jurídico vigente, pues, se establece que el -peticionante- acredite su titularidad o dominilidad del bien donde se ejecutaron las vías de hecho, que debe ser demostrado en registro de propiedad el cual genera efectos jurídicos contra terceros.