SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2014-S1

Fecha: 11-Nov-2014

I.2.1. Ratificación de la acción

El abogado de los accionantes ratificó in extenso el contenido de la demanda tutelar; enfatizando que, pese a que los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, anularon la Resolución del Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, disponiendo que éste dicte un nuevo fallo en el plazo de setenta y dos horas, a cuyo efecto, el testimonio respectivo debía ser remitido al Juez a quo en el plazo aludido, no se obró en dicho sentido; sin considerar que precisamente, el Auto de Vista dictado, “orientaba a una libertad con medidas sustitutivas de los señores imputados por el tema de la igualdad procesal y la prohibición de la ampliación de la imputación formal en plena audiencia cautelar” (sic). Asimismo, resaltó que, a partir del 8 de mayo de 2014, acudió a Secretaría de la Sala, a efectos de impetrar se envíe el testimonio de apelación incidental al Juez a quo, sin que aquello se hubiera producido, pese incluso a la certificación de la funcionaria demandada, en la que consignó que evidentemente se dispuso que el Juez de primera instancia, pronuncie otra resolución en el plazo antes glosado. Añadió que, sus defendidos agotaron todas las instancias posibles previamente a la interposición de su garantía constitucional, presentando un memorial y además, exponiendo verbalmente la dilación de la demandada, ante los Vocales de la Sala Penal Segunda, persistiendo la omisión en la remisión del testimonio de apelación, con la consiguiente restricción del derecho a la libertad de sus clientes. Circunstancias por las que, solicitó igualmente, la remisión de antecedentes al Consejo de la Magistratura, para la averiguación no sólo de la actitud negligente de la demandada, sino también a objeto de determinar las razones por las que el Auxiliar de Distribución de Causas del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, no aceptó la acción de libertad de examen, el 16 de mayo de 2014, lo que motivó a que sea presentada inicialmente en la carceleta judicial.