Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2014-S1
Fecha: 11-Nov-2014
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante a través de su representante menciona que se lesionaron sus derechos “a ser conducido a autoridad competente”, a no ser incomunicado, a la libertad y seguridad, a no ser detenido, ni aprehendido o privado de libertad, al debido proceso, “a no ser privado de carnet de identidad”, “a no ser detenido por más de veinticuatro horas”, “al trato humanitario durante el tiempo de detención o reclusión”, sin señalar los preceptos constitucionales que los contiene.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- 1)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 12
- III.2. De las circulares emitidas por los Tribunales Departamentales de Justicia respecto a las vacaciones judiciales
- III.3. Análisis del caso concreto
- 7 de mayo de 2014
- 5 al 23 de mayo
- CONFIRMAR en parte