Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2014-S1
Fecha: 11-Nov-2014
II.3.
II.3. El 7 de mayo de 2014, el accionante y Severina Mancilla Sarzuri, suscribieron un acuerdo transaccional, dado que él pagó la suma de Bs28 000.- (veintiocho mil bolivianos), quedando un saldo de Bs9 600.- (nueve mil seiscientos bolivianos) que cancelaría el 7 de julio del indicado año, bajo apercibiendo de ley (fs. 2 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- 1)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 12
- III.2. De las circulares emitidas por los Tribunales Departamentales de Justicia respecto a las vacaciones judiciales
- III.3. Análisis del caso concreto
- 7 de mayo de 2014
- 5 al 23 de mayo
- CONFIRMAR en parte