SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2014-S3

Fecha: 05-Nov-2014

II.8.

II.8.   Por Auto Supremo 025 de 4 de febrero de 2010, la Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, dejó sin efecto el Auto 47/2007 de 27 de septiembre, disponiendo que la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emita nueva resolución conforme a la doctrina legal aplicable; ello en base al siguiente argumento: 1) No efectuó la valoración correspondiente con relación a las pruebas de cargo y de descargo; 2) No fue considerada la declaración de la víctima, sino, de manera textual indican que fue excluida; 3) La valoración de las pruebas es atribución exclusiva del Juez o Tribunal de Sentencia; 4) El Tribunal de apelación sólo transcribe las partes más importantes de la Sentencia, sin observar la infracción a los derechos y garantías constitucionales; y, 5) El Tribunal de alzada debió observar errores de procedimiento cometidos en la sustanciación del Juicio (fs. 48 a 56 vta.).