Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2014-S3
Fecha: 05-Nov-2014
II.3.
II.3. El Director Departamental a.i. del INRA Tarija -ahora demandado−, mediante Resolución Administrativa 200/2013 de 18 de octubre, desestimó el recurso de revocatoria, apoyado en el “…Informe Jurídico AA.LL. No. 214/2013 de fecha 17 de octubre de 2013…” (sic), el cual conforme a los arts. 76.IV y 85 del DS 29215, sugiere se desestime el recurso, por estar interpuesto contra una Resolución, que no produce indefensión, no impide la continuación de procedimiento, ni lesiona derechos (fs. 8 a 11).