SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0118/2014-S2
Fecha: 11-Nov-2014
II.5.
II.5. El 19 de abril de 2013, el querellante Emilio Rolando Gutiérrez Mamani interpuso recurso de apelación contra la Resolución 222/2013, con los siguientes argumentos: i) La imputada adecuó su conducta al tipo penal establecido en el art. 335 del Código Penal (CP), que señala: “El que con la intención de obtener para sí o un tercero un beneficio económico indebido, mediante engaños o artificios provoque o fortalezca error en otro que motive la realización de un acto de disposición patrimonial en perjuicio del sujeto en error o de un tercero…”; ii) El Juez al momento de señalar que no existen suficientes indicios o elementos que generen la convicción de la posible participación en el delito atribuido, tampoco ha previsto analizar el mecanismo de la conducta de la imputada no siendo ponderante la existencia de un documento para aducir que se trata de una situación civil, sino por el contrario ese documento puede servir de elemento probatorio para determinar la existencia de los elementos constitutivos del tipo penal; iii) No existió en la intención de la imputada cumplir con su compromiso, lo cual está corroborado por su comportamiento posterior de falta de pago, denotándose con ello que existió un engaño y maquinación para obtener una disposición patrimonial por parte del sujeto pasivo, ya que al haber logrado comprometer los bienes del querellante logró incrementar su patrimonio en detrimento de éste; iv) Al momento de resolver la aplicación de medidas cautelares de carácter personal en contra de la imputada, el Juez, obvió y no describió el valor que asignó u otorgó a los elementos e indicios obtenidos y que se encontraban en el cuaderno de investigaciones; y, v) De la lectura de la Resolución objeto de apelación, se evidencia la falta de valoración de los indicios de prueba y las actuaciones realizadas, que no fueron consideradas por el Juez al momento de celebrar la audiencia de medida cautelar, por lo que emitió una Resolución contraria a los datos del proceso.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad y el debido proceso
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo