SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2014-S3
Fecha: 05-Nov-2014
1)
Al Fiscal Departamental de La Paz: 1) Dejar sin efecto la Resolución s/n de aprehensión, así como la Resolución JAPR 145/2013 que convalida la ilegal aprehensión ejecutada en su contra; 2) Se emita nueva Resolución Fiscal debidamente fundamentada, ordenando practicar las diligencias y estudios periciales propuestos y de cuyo resultado depende su libertad, al demostrarse que no es autor de los delitos atribuidos a su persona; 3) Se pronuncie en el plazo establecido por el art. 306 del Código de Procedimiento Penal (CPP), sobre las diligencias policiales objetadas mediante escrito de 20 de mayo de 2013, ordenando la realización de tales actos investigativos; 4) Ordene se practiquen las diligencias inconclusas solicitadas mediante escrito presentado el 9 de septiembre de 2013, dentro del caso 977/2012; y, 5) Se adhiera en un solo cuaderno los casos 977/2012 y FIS BENI 1201278, al existir determinación jurisdiccional en ese sentido.
Javier Rolando Chaca Quina, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, mediante informe escrito de 11 de noviembre de 2014, que cursa a fs. 327 y vta., así como en audiencia, señaló: 1) Conoció el proceso penal de referencia, como consecuencia de recusaciones a sus homólogos Primero y Segundo; 2) Es evidente que por Resolución 131/2013 de 21 de marzo, se generó conflicto de competencia, el mismo que previo cumplimiento de las formalidades de ley, mediante oficio de 12 de abril de 2013, remitió al Tribunal Supremo de Justicia para su resolución, conforme el art. 38.1 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), y en la misma fecha, ofició al Juzgado Noveno de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz de la Sierra, para la correspondiente remisión de antecedentes conforme el art. 17.III del CPC; 3) Hace conocer que el ahora accionante no se encuentra con ninguna medida cautelar; y, 4) Al presente, se encuentra apartado del conocimiento de la causa temporalmente, como consecuencia de la recusación interpuesta por el coinvestigado, Luis Orlando Aliaga Herbas, existiendo pendiente de Resolución la consulta de recusación en el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en cuya consecuencia, remitió la causa al Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, mediante nota de 24 de octubre de 2013.
- acción de libertad
- Con relación a la actuación del Fiscal Departamental de La Paz
- a)
- En cuanto al Juez Décimo de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz,
- En cuanto al Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR