SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2014-S3

Fecha: 05-Nov-2014

i)

Gabriel Marco Chambi Mejía, Juez Primero de Instrucción en lo Penal, en audiencia señaló que: i) El memorial de interposición de la acción de libertad es incongruente puesto que el accionante no sólo pide la nulidad del Auto de Vista, sino también del Auto Interlocutorio; ii) El presupuesto del art. 234 inc. 5) del CPP, no indica una reparación integral del daño, puesto que ello implicaría cuantificar un bien jurídico lesionado; y, iii) El debate que plantea el accionante debe ser resuelto por otra instancia, considerando que la justicia constitucional no puede valorar pruebas.