Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2014-S3
Fecha: 05-Nov-2014
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El accionante señala como lesionados sus derechos al debido proceso y a la libertad, debido a que dentro del proceso penal que se le sigue, solicitó la cesación de su detención preventiva dispuesta por autoridad competente, cumpliendo la observación realizada en una anterior audiencia sobre el peligro de fuga; sin embargo, nuevamente su pedido fue rechazado por el Juez cautelar, motivo que generó se formule apelación incidental, recurso que fue resuelto por los Vocales ahora demandados, que llegaron a determinar la improcedencia bajo una fundamentación irracional y arbitraria.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada de la obligatoriedad de las autoridades jurisdiccionales de motivar y fundamentar las resoluciones que emiten como parte del debido proceso
- debe fundar su determinación en las pruebas y tomando en cuenta todas las circunstancias previstas por la Ley; corresponde al acusador probar y demostrar la concurrencia de esas circunstancias previstas en las normas precedentemente señaladas
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR