Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2014-S3
Fecha: 20-Nov-2014
CONFIMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión resuelve: CONFIMAR la Resolución 6/2014 de 23 de abril, cursante de fs. 56 vta. a fs. 60 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, y en consecuencia; DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración que no se ingresó al fondo de la problemática planteada.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de jurisprudencia sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional cuando opera la subsidiariedad
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2.
- la persona podrá considerar desestimada su solicitud, por silencio administrativo negativo
- CONFIMAR