Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2014-S3
Fecha: 20-Nov-2014
II.1.
II.1. Del recurso de revocatoria de 26 de septiembre del 2013, interpuesto por la accionante como representante de la comunidad de Mecoya, ante el Programa Solidario Comunal - PROSOL, da cuenta que fue recepcionado el 27 de septiembre del 2013, impugnando la decisión del Director Interino Departamental del PROSOL emitida mediante oficio de GOB - AUT/PROSOL 721/2013 de 20 de septiembre (fs. 8 a 10 vta.).
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de jurisprudencia sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional cuando opera la subsidiariedad
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2.
- la persona podrá considerar desestimada su solicitud, por silencio administrativo negativo
- CONFIMAR