Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0162/2014-S3
Fecha: 21-Nov-2014
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Juan Carlos Candia Saavedra y Ramón Camargo Pedriel, Vocales de la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni -hoy demandados-; y, Juaquin Antonio Iriarte Gastelu, Juez Primero de Instrucción en lo Penal de Riberalta del mismo departamento -ahora codemandado-, no se presentaron en audiencia de acción de libertad ni presentaron informe alguno, pese a la legal citación de los primeros cursante a fs. 188 y vta.; y, del Juez codemandado mediante fax, según informó la Secretaria del Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal del referido departamento, en la referida audiencia (fs. 189 y vta.).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- por lo que no corresponde dar curso a lo solicitado
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- 3° Exhortar