Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2014-S3
Fecha: 24-Nov-2014
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan que por OM G.M.L.P. 384/2009 de 21 de octubre, el Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, aprobó la planimetría de la remodelación del sector Santiago y Pastor Ballón, ubicado en Alto Calacoto al sur de La Paz. Sin embargo, una vez acreditado su derecho de propiedad sobre el área de referencia, solicitaron la reconsideración de dicha Ordenanza, aclarando que no ocupan área verde alguna, pero su solicitud fue rechazada. Indican que el Concejo Municipal considera que todo ese sector es de dominio público, y por ello se niega a reconsiderar la aludida Ordenanza.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- denegó
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4 De la Resolución del Tribunal de garantías
- CONFIRMAR,