SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2014-S2

Fecha: 24-Nov-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refiere que, el año 2010, cuando pretendieron inscribir su derecho en la oficina de Derechos Reales (DD.RR.), tomaron conocimiento que, sobre su bien inmueble pesaba una anotación preventiva y la existencia de un proceso ejecutivo seguido por Juana Rosario Quint Tarifa contra su vendedora, por lo que se apersono al mismo e interpuso recurso de apelación contra la Sentencia 84/2010 de 26 de marzo y en previsión de la norma contenida en los arts. 1499 del Código civil (CC) y 222 del Código de Procedimiento Civil (CPC), formuló excepción de prescripción.

Señala que, luego de los trámites pertinentes, la Jueza de la causa mediante Resolución 161/2012 de 16 de mayo, declaró probada la excepción de prescripción opuesta y en consecuencia dispuso la cancelación de la anotación preventiva que pesaba sobre su propiedad; empero, habiendo sido impugnado dicho fallo, las autoridades ahora demandadas por Resolución 144/2013 de 15 de mayo, anularon obrados, disponiendo que la autoridad jurisdiccional regularice el procedimiento de acuerdo con los datos del proceso y las normas legales que rigen la materia, exponiendo como únicos argumentos, que su persona no era parte en el proceso, conforme a lo previsto por el art. 50 del CPC, y que por previsión del art. 513 de la citada norma, en los procesos ejecutivos solo procede las tercerías de dominio excluyente y de derecho preferente.