Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2014-S3
Fecha: 25-Nov-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes estimaron como vulnerados sus derechos a la libertad, al debido proceso y a la defensa; por cuanto el Juez demandado revocó las medidas sustitutivas impuestas, sin analizar individualmente la situación de cada imputado, ni tomar en cuenta que una de las accionantes tenía a su cargo un infante de seis meses; por otra parte, la Actuaria demandada los retuvo en el despacho judicial hasta la emisión de los mandamientos de detención preventiva, sin que ello haya sido dispuesto por la autoridad judicial.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- I.2.4. Intervención de la representante del Ministerio Público
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico, aún en el supuesto de que dicho medio o recurso no sea el más idóneo, eficaz o inmediato, es lógico suponer que tampoco procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción de subsidiariedad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR