SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1974/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1974/2014

Fecha: 05-Nov-2014

II.1.

II.1.  Dentro de la denuncia interpuesta por Juan Carlos Ramírez Flores, Encargado Distrital y Pedro Cayo Choque, Técnico de Transparencia, ambos del Consejo de la Magistratura de Potosí, contra el accionante por la comisión de los ilícitos disciplinarios previstos y sancionados en el art. 187.12 y 188.I.13 de la LOJ, el Juez Disciplinario Segundo del Consejo de la Magistratura de Potosí, emitió Auto de 13 de marzo de 2014, disponiendo lo siguiente: 1) Admitir la referida denuncia e investigación en contra del ahora accionante y otros por la presunta comisión de la falta disciplinaria descrita en el art. 187.12 de la LOJ, disponiendo su citación a efectos de que éstos presenten su informe circunstanciado en el término de 5 días, asimismo abre un periodo investigativo y probatorio de cinco días hábiles; 2) Aperturar periodo investigativo de cinco días hábiles, computables a partir de la notificación de la partes, con relación a la denuncia por la presunta comisión de falta disciplinaria gravísima, tipificada en el art. 188.I13 del citado cuerpo legal; y, 3) Se tenga por no subsanada y no exhibida la denuncia e contra Jhannett Salguero Sierra y Shirley Giovana Elias, Secretarias de los Juzgados Primero y Segundo de Sentencia Penal respectivamente del departamento de Potosí (fs. 13 14 vta.).