Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1975/2014
Fecha: 13-Nov-2014
I.3. Admisión y notificaciones
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante AC 0245/2013-CA de 5 de julio, cursante de fs. 89 a 92, admitió el conflicto de competencias suscitado entre el Juez de Partido Agroambiental y la Jueza de Instrucción Mixta de San Lorenzo, ambos de la provincia Méndez del departamento de Tarija, ordenando las notificaciones a las prenombradas autoridades.
- a)
- 1)
- I.3. Admisión y notificaciones
- I.
- II.1.
- II.2.
- Estado Plurinacional Comuntario,
- III.2.De las competencias de la jurisdicción ordinaria civil y jurisdicción agroambiental
- 7. Conocer los procedimientos interdictos que señala la ley
- Conocer otras acciones reales, personales y mixtas derivadas de la propiedad, posesión y actividad agraria
- debe partir del concepto de si la propiedad inmueble está destinada al uso de vivienda en centros poblados o urbanos, en cuyo caso se aplicarán las normas del Código Civil y la competencia será de los jueces ordinarios; o si por el contrario, se trata de la propiedad inmueble destinada a la producción agrícola y/o pecuaria sujeta al régimen de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria, en cuyo caso la competencia será de los jueces y tribunales agrarios
- Fragmento 12
- III.3. Análisis del caso concreto
- Jueza de Instrucción Mixta de San Lorenzo
- COMPETENTE