SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1982/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1982/2014

Fecha: 13-Nov-2014

1)

Una vez respondida la demanda por el Director Nacional del INRA y por la tercera interesada; Juan Ricardo Soto Butrón y Gabriela Cinthia Armijo Paz, Magistrados accionantes, antes de emitir la Sentencia Nacional Agroambiental, mediante Auto 90 de 17 de abril de 2014, promovieron acción de inconstitucionalidad concreta contra las siguientes normas:  1) Disposición Final Vigésima del DS 29215 y 2) El art. 110 inc. f) del DS 29894, esta acción promovida por el mencionado Auto 90, a través del AC 0149/2014-CA, fue revocada en parte, rechazándose en cuanto a la primer norma; es decir la Disposición Final Vigésima del DS 29215, y admitida en parte, sólo en cuanto al art. 110 inc. f) del DS 29894, como se consignó en las Conclusiones II.3 y II.4, de esta Sentencia Constitucional Plurinacional.

La primera, que en base a la legitimación activa conferida por la Disposición Final Vigésima del DS 29215 y el art. 110 inc. f) del DS 29894, Jorge Jesús Barahona Rojas, Viceministro de Tierras se apersonó al Tribunal Agroambiental y al mismo tiempo interpuso la demanda contenciosa administrativa ya referida.