SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1988/2014
Fecha: 13-Nov-2014
II.1.
II.1. El 15 de abril de 2013, Teodocio Quiroga Castellón y Leónidas Vargas de Quiroga, interpusieron demanda de interdicto de retener la posesión respecto de un terreno de 2.500 m2 ubicado en la zona de Chacacollo Chico de la localidad de Sacaba, provincia Chapare del departamento de Cochabamba (fs. 10 a 13 vta.), memorial que mereció Auto de 17 de abril de 2013, por el cual el Juez Segundo de Instrucción en lo Civil de Sacaba, del referido departamento, declinó competencia en razón de materia ante el Juez Agroambiental de la misma localidad, aduciendo que conforme lo señalaban los mismos demandantes, en el terreno objeto de la litis se realizaban actividades agrícolas, por lo que el conocimiento de la causa correspondía a la judicatura agraria (fs. 14).
- I.1. Alegaciones del Juez Segundo de Instrucción en lo Civil de Sacaba
- I.2. Alegaciones del Juez Agroambiental de Sacaba
- I.3. Admisión
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Aclaración previa sobre el conflicto de competencias en el caso concreto
- III.2. Sobre el procedimiento a aplicarse en conflictos de competencias entre las jurisdicciones indígena originaria campesina, ordinaria y agroambiental: Modulación de la SCP 0363/2014 de 21 de febrero
- III.3.
- régimen legal de la tierra y en especial la jurisdicción a aplicarse, no puede quedar librada única y exclusivamente a lo que dispongan los Gobiernos Municipales en cuanto al uso del suelo y menos aún cambiar automáticamente por el sólo hecho de ampliarse la mancha urbana
- la autoridad judicial frente a semejante disyuntiva, a los efectos de determinar la jurisdicción aplicable debe partir del concepto de si la propiedad inmueble está destinada al uso de vivienda en centros poblados o urbanos, en cuyo caso se aplicarán las normas del Código Civil y la competencia será de los jueces ordinarios; o si por el contrario, se trata de la propiedad inmueble destinada a la producción agrícola y/o pecuaria
- debe considerarse otros elementos como el destino de la propiedad y de las actividades desarrolladas
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso concreto
- COMPETENTE