SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1988/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1988/2014

Fecha: 13-Nov-2014

II.2.

II.2. De acuerdo a certificación emitida por el Director de Ordenamiento Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba del departamento de Cochabamba, efectuada la inspección técnica por dicha Dirección y verificados los planos sectoriales del Municipio de Sacaba se constató que el predio de propiedad de Teodocio Quiroga Castellón y Leónidas Vargas Quiroga, se encontraba ubicado en área urbana, perteneciente a la jurisdicción de Sacaba (fs. 24). En Acta de Inspección de 12 de junio de 2013, el Juez Agroambiental de Sacaba, detalló que el predio objeto del interdicto se hallaba en la “…zona de Chacacollo Chico de la jurisdicción del municipio de Sacaba…” (sic), contando con dos construcciones precarias de adobe una y la otra sin concluir, una planta de durazno, un montón de piedra, adobes en el suelo, dos cabezas de ganado vacuno, una oveja “…predio que a la vista no tiene ningún tipo de sembradío, pero se evidencian rastros de siembra de avena y algunos surcos propios del trabajo agrícola…” (sic), señalando luego el referido Juez las colindancias del inmueble, indicó además que la zona contaba con instalación de servicios básicos de alumbrado público, agua potable y alcantarillado, teléfono, y la calle de acceso principal estaba empedrada (fs. 36).