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    AUTO CONSTITUCIONAL 0313/2014-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0313/2014-RCA

    Fecha: 04-Dic-2014

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    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • 0188/2014
    • I.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • improcedente
    • 1)
    • Fragmento 8
    • objeto
    • vulneración o la amenaza a los derechos e intereses colectivos
    • a partir de una interpretación sistemática del art. 135 de la CPE, se debe concluir que la acción popular protege, además de derechos e intereses colectivos, derechos e intereses difusos -ambos contenidos bajo el nomen iuris 'Derechos Colectivos'- y, en ese sentido, cualquier persona perteneciente a colectividad o comunidad afectada puede presentar esta acción que, como su nombre indica, es popular
    • II.3. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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