SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2014-S1

Fecha: 04-Dic-2014

en el derecho de defensa

El derecho de acudir ante un órgano jurisdiccional (…) enfoca el derecho a la jurisdicción (…) Esto significa que el derecho no se agota con el acceso al órgano judicial, sino que se requiere también, que se cumpla la garantía del debido proceso, cuyo meollo radica en el derecho de defensa y que el conflicto se resuelva mediante una sentencia que sea oportuna en           el tiempo y debidamente fundamentada (las negrillas son agregadas).