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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0130/2014-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0130/2014-S1

    Fecha: 05-Dic-2014

    II.10.

    II.10.  Cursa Auto de explicación, complementación y enmienda de 12 de marzo de 2014, por el que se enmienda los puntos “1”, con la aclaración que el Gerente Distrital de Pando del SIN, sí tiene facultades para otorgar poder a otras personas y el punto “2”, que el representante del Consejo de la Magistratura tiene la calidad de querellante en el proceso (fs. 19 a 20 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • deniega
    • II.7.
    • II.9.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  El debido proceso y los principios de motivación y congruencia en las resoluciones
    • III.2.  Análisis del caso concreto

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