Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0130/2014-S1
Fecha: 05-Dic-2014
II.10.
II.10. Cursa Auto de explicación, complementación y enmienda de 12 de marzo de 2014, por el que se enmienda los puntos “1”, con la aclaración que el Gerente Distrital de Pando del SIN, sí tiene facultades para otorgar poder a otras personas y el punto “2”, que el representante del Consejo de la Magistratura tiene la calidad de querellante en el proceso (fs. 19 a 20 vta.).